En una de las últimas salidas por Valldemossa, aquella que hice prácticamente en solitario por llegar tarde y ellos cambiar la ruta prevista a última hora, me enteré de que a Tomeu le habían puesto una multa por no ajustarse la baca que usa para llevar la bici a la normativa vigente. En esta foto se ve el artilugio montado sobre el capó posterior (es del hermano pero es el mismo). Como podéis comprobar tapa las luces y la matrícula. Además, como sobresale del vehículo, debería llevar la placa V20.
Aquí tenemos un pequeño resumen por lo que hace referencia al transporte.
Portabicicletas en el coche
Se autorizan determinados modelos de portabicicletas traseros: los que no sobresalen más de un 15 % de la planta del vehículo. Si aplicamos una interpretación restrictiva del Reglamento, las bicicletas no deberían sobresalir más del 10 % de la longitud total del vehículo, y, en todo caso, no más que el portabicicletas, si este sobresale algo más de ese 10%.
Cuando sobresale de la planta del coche por detrás, hay que señalizar el portabicicletas y su carga con dos paneles rectangulares de franjas diagonales rojiblancas (señal V-20), uno a cada lado, mirando hacia atrás y colocados de tal forma que el dibujo de los dos represente una V invertida. Ahora bien, si la carga no sobresale hacia atrás por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, es suficiente colocar un panel V20.
Cuando la luz natural es insuficiente (noche, niebla, lluvia fuerte, etc.), hay que colocar además una luz roja (sin más especificaciones; por ejemplo, la luz a pilas de la bici).
Más información en http://www.conbici.org/legislacion
Panel V20
Indica que la carga del vehículo sobresale posteriormente.
Cuando la carga sobresalga por detrás del vehículo deberá colocarse esta señal en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de V invertida con franjas alternas rojas y blancas.
Las multas que marca el RGC son por motivo de:
Articulo 15-1-1A: Circular con el vehículo reseñado cuya carga sobresale de la proyección en planta, incluida la carga indivisible. 60 Euros/ 42 Euros P.P.
Articulo 15-1-1A: No señalizar reglamentariamente la carga que sobresale longitudinalmente del vehículo reseñado. Señal V-20. 60 Euros/ 42 Euros P.P.
Resumido de http://www.infobici.com/forum/read.php?f=1&i=7122&t=7122
A Tomeu la cantidad impuesta fue mayor por lo que es probable que incumpliera aún otros artículos del reglamento.
Hay un estudio muy interesante sobre los portabicicletas en este enlace.
Aquí tenemos un pequeño resumen por lo que hace referencia al transporte.
Portabicicletas en el coche
Se autorizan determinados modelos de portabicicletas traseros: los que no sobresalen más de un 15 % de la planta del vehículo. Si aplicamos una interpretación restrictiva del Reglamento, las bicicletas no deberían sobresalir más del 10 % de la longitud total del vehículo, y, en todo caso, no más que el portabicicletas, si este sobresale algo más de ese 10%.
Cuando sobresale de la planta del coche por detrás, hay que señalizar el portabicicletas y su carga con dos paneles rectangulares de franjas diagonales rojiblancas (señal V-20), uno a cada lado, mirando hacia atrás y colocados de tal forma que el dibujo de los dos represente una V invertida. Ahora bien, si la carga no sobresale hacia atrás por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, es suficiente colocar un panel V20.
Cuando la luz natural es insuficiente (noche, niebla, lluvia fuerte, etc.), hay que colocar además una luz roja (sin más especificaciones; por ejemplo, la luz a pilas de la bici).
Más información en http://www.conbici.org/legislacion
Panel V20
Indica que la carga del vehículo sobresale posteriormente.
Cuando la carga sobresalga por detrás del vehículo deberá colocarse esta señal en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de V invertida con franjas alternas rojas y blancas.
Las multas que marca el RGC son por motivo de:
Articulo 15-1-1A: Circular con el vehículo reseñado cuya carga sobresale de la proyección en planta, incluida la carga indivisible. 60 Euros/ 42 Euros P.P.
Articulo 15-1-1A: No señalizar reglamentariamente la carga que sobresale longitudinalmente del vehículo reseñado. Señal V-20. 60 Euros/ 42 Euros P.P.
Resumido de http://www.infobici.com/forum/read.php?f=1&i=7122&t=7122
A Tomeu la cantidad impuesta fue mayor por lo que es probable que incumpliera aún otros artículos del reglamento.
Hay un estudio muy interesante sobre los portabicicletas en este enlace.
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